INE avala reparto de bienes de ”Prospera” en eventos masivos, aunque afecte la contienda electoral | BREAKING

INE avala reparto de bienes de ”Prospera” en eventos masivos, aunque afecte la contienda electoral

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El día de ayer, el Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes las medidas cautelares que Morena solicitó en contra del reparto masivo de bienes de programas sociales, específicamente del programa “Prospera”, en un evento masivo que se realizó el 21 de noviembre del 2017, en Sonora.

Para Morena, la entrega masiva de “kits de incorporación “Prospera” y de “tarjetas inicia tu carrera SEP-Prospera”, podría afectar a la equidad de la contienda electoral, o incluso constituir el uso indebido de recursos públicos; por ello, solicitó al INE una medida cautelar para que autoridades locales, municipales o federales tuvieran prohibido el reparto masivo de bienes.

El INE, sin embargo, consideró que: “respecto de posibles eventos a realizarse a nivel nacional para la entrega de beneficios del programa “Prospera”, se trata de hechos futuros de realización incierta y no se advierten elementos o datos que permitan considerar que, en lo futuro, se opere el mencionado programa social para entregar beneficios de manera indebida o bajo una vertiente que afecte la equidad en la contienda”, de acuerdo a lo que publicó en un comunicado.

https://twitter.com/INEMexico/status/951945236737069057

No obstante, existe un elemento jurídico que fundamenta la queja de Morena: una tesis del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que establece que, aunque: “en principio, no existe el deber específico de suspender la entrega de los beneficios de programas sociales durante las campañas electorales, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos, éstos no pueden ser entregados en eventos masivos o en modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda, toda vez que las autoridades tienen un especial deber de cuidado para que dichos beneficios sean entregados, de tal manera, que no generen un impacto negativo o se pongan en riesgo los referidos principios”.

El INE, a este respecto, tuvo una votación dividida a favor de negar la denuncia de Morena; la votación estuvo a cargo de la Comisión de Quejas y Denuncias. Fueron los consejeros Adriana Favela y Benito Nacif, junto con la oposición de Claudia Zavala, los responsables del resultado de la votación.

La consejera Pamela San Martín, no obstante, se pronunció en contra del veredicto, pero, aunque estaba presente en la sesión, no tenía derecho a voto. Ella estimó que se debió haber concedido la tutela preventiva, a razón de que, en efecto, el reparto de bienes de programas sociales, en eventos masivos, puede tener una connotación negativa en la contienda, toda vez que los eventos masivos siempre tienen presencia de servidores públicos.

En entrevista para Reforma, San Martín, dijo: “nadie está planteando que no se entreguen los programas sociales, pero hay un tema de la modalidad de entrega de los programas sociales, es decir, si se entregan directamente a los beneficiarios o si se entregan en eventos masivos, que por supuesto que traen presencia de servidores públicos y discursos que son en beneficio de una determinada agrupación”.

Finalmente, en esta misma sesión, la Comisión declaró igualmente improcedentes, las medidas cautelares que solicitó el partido Movimiento Ciudadano, por “el supuesto uso indebido de la de la pauta, derivada de la difusión de un spot en radio y televisión pautado en el estado de Yucatán, en el que se promueve la imagen y nombre de Mauricio Sahuí Rivero como precandidato único del Partido Revolucionario Institucional (PRI) al gobierno estatal, que a juicio del quejoso, no es propio de la etapa de precampaña y podría constituir actos anticipados de campaña”. La Comisión, unánimemente, votó que el spot cumplía con todas las disposiciones mandatadas por el TEPJF.