Senadores del PAN retiran apoyo que busca restaurar los derechos de las audiencias
A pesar de que en el año 2013 se aprobó la Reforma en materia de Telecomunicaciones y dio pie a la implementación del Instituto Federal en Telecomunicaciones (IFT), el pasado 31 de octubre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Telecomunicación y Radiodifusión, la cual entró en vigor el 1° el noviembre. Misma que fue discutida por el Senado el pasado 26 de octubre, y aprobado por 72 votos a favor, 13 en contra y 3 abstenciones
Anteriormente el IFT tenía la facultad autónoma para regular, promover y supervisar la presentación de los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicación, para así garantizar lo establecido en los artículos 6 y 7 de la carta magna, donde se hace referencia al derecho a la información y a la libertad de expresión.
Con esto se reconocía los derechos de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicación y los derechos de la audiencias de servicios públicos de radiodifusión. Pero con la nueva ley se despoja al Instituto de sus facultades constitucionales de regular el cumplimiento que deben tener los radiodifusores en cuestión de los derechos de las audiencias.
Es decir, descarta el proceso de supervisión de quienes velan por los derechos del público, dejando a un lado los códigos de ética de las empresas, así como las normas que obligaban a que los contenidos no transmitieran propaganda engañosa que fuera presentada como información periodística. Por ello, dichas facultades que estaban a manos del Instituto Federal en Telecomunicaciones, pasarán a la de los concesionarios.
Antes de que dicha ley fuera aprobada, las radiodifusoras y las cadenas de televisión tenían la obligación de hacer distinciones entre los contenidos de opinión, información y publicidad pagada, cuestión que los medios calificaron como un acto de censura.
Pero con la nueva ley, los medios de comunicación podrán mostrar propaganda política disfrazada de información.
Ante ello, el pasado 28 de noviembre, 47 Senadores promovieron una acción inconstitucional (150/2017) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), justificando que “las reformas violentan los artículos 1 párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 2, 3, 6 apartado B; y 28 de la Constitución General de la República, así como el artículo 13.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la interpretación que sobre esa norma han realizado los órganos interamericanos de protección de derechos humanos.”
Acción que fue respaldada y firmada por legisladores del PAN, PT y PRD: Ernesto Ruffo (PAN), Fernando Herrera (PAN), Luis Sánchez (PRD), Angélica de la Peña (PRD), Pilar Ortega (PAN), Gabriel Ávila Ruiz (PAN), Manuel Bartlett (PT-MORENA), Alejandro Encinas (PRD) y Dolores Padierna (PRD).
Quienes buscaban que la SCJN fallara a su favor y así dar marcha atrás a la Ley Federal de Telecomunicación y Radiofrecuencia. Sin embargo, el día 3 de noviembre seis senadores del grupo parlamentario del PAN desistió de la acción inconstitucional, lo cual provocó que la demanda quede sin validez.
Ya que, para que dicha acción sea toma da en cuenta, se necesita el respaldo de por lo menos 42 senadores, lo cual representa el 33% de la cámara, sin embargo, el número de firmantes quedó en 41.
Siendo los senadores Fernando Herrera, Francisco López, Sonia Mendoza, Silvia Garza, Pilar Ortega y Rosa Adriana Díaz, quienes mediante un escrito notificaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de su decisión.
En respuesta, la SCJN solicitó a los senadores presentar un escrito de manera personal en el que argumenten su desistimiento, teniendo como límite hasta el próximo 12 de diciembre.
Todo esto ocurre, en el contexto de que la acción inconstitucional no ha sido aún admitida por la corte, cuestión que aprovecharon los senadores para pedir que su firma fuera borrada.
Por tal razón, el día 7 de diciembre, el PRD presentó una nueva acción en contra de la ley, sin embargo, los partidos políticos solamente pueden presentar acciones inconstitucionales de carácter electoral, por lo que dicha petición también podría ser desechada.
Ante esto, organizaciones como: Asociación Mexicana de Derecho a la Información A.C. (AMEDI), Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA), Asociación Mexicana de Investigadores de la Comunicación (AMIC), Artículo 19 Oficina para México y Centroamérica, entre otras más, mostraron su desconcierto ante la actitud de los senadores, haciéndoles un llamado a que no desistan de la acción.
Del mismo, exigieron al IFT interponga una controversia entre la SCJN para que defienda la facultades que las cámaras legislativas te han arrebatado. Pero el instinto no ha dado respuesta en cuanto al tema ni tampoco ha mostrado algún posicionamiento.