Necesaria la perspectiva de género en los juicios de violencia sexual contra mujeres | BREAKING

Necesaria la perspectiva de género en los juicios de violencia sexual contra mujeres

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Uno de los delitos más comunes en México son los de carácter sexual, según la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en promedio, se cometen 600 mil delitos sexuales al año. Son los jueces los responsables de analizar el caso y dictar una sentencia, sin embargo, la mayoría de los jueces carecen de perspectiva de género.

Es importante que las personas que otorguen justicia sean capaz de considerar el género ya que de esa manera «se eliminan prácticas sociales que hacen persistir la violencia y la pérdida de derechos, ayudan a garantizar el debido proceso y reducen la impunidad porque el juez actúa considerando todos los actores de desigualdad y sus consecuencias» informó Elizabeth V. Leyva para la revista Nexos.

La realidad mexicana es distinta, los jueces no siguen el Protocolo para juzgar con perspectiva de género, en cambio, continúan con una visión machista, juzgando a las mujeres en términos de decente o promiscua lo cual modifica su visión de la víctima. Esta dicotomía es una manera de violentar a las mujeres y no aplica de la misma manera a los hombres.

Según las tesis del poder judicial donde se establecen los criterios a juzgar, para utilizar un testimonio subjetivo en un juicio tiene que cumplir varias consideraciones para dotarlo de credibilidad. En los casos de violación sexual, se pide a los jueces que realicen su labor con perspectiva de género, una de las consideraciones es que se debe «otorgar un valor preponderante a la información testimonial de la víctima, dada la secrecía en la que regularmente ocurren estas agresiones». Asimismo, se pide a los jueces que consideren «la edad, la condición social, el grado académico o la pertenencia a un grupo históricamente desventajado, a fin de establecer la factibilidad del hecho delictivo y su impacto concreto».

Al denunciar las revictimizan 

Generalmente, las víctimas no denuncian debido al estigma que conlleva, además del testimonio de la víctima, se entregan dictámenes médicos y psiquiátricos, pruebas circunstanciales, indicios, etc. Y muchas veces ni con estas pruebas se juzga o se da una sentencia a los agresores. Sin embargo, Elizabeth V. Leyva hace énfasis en que todo el procedimiento judicial debe tener la perspectiva de género ya que si no se cae en riesgo de revictimizar a las mujeres, lo cual sucede en muchos casos, la autora agrega: «¿Por qué una mujer que ya sufrió una violación también tiene que sobrellevar que le juzguen sus decisiones que realiza en la esfera privada?».

«El derecho penal mexicano necesita feminizarse», es decir, que tome una posición en la que reconozca las relaciones de supra-subordinación entre los géneros, además de considerar otros factores como la desigualdad social, económica y educativa. Debe eliminar los estigmas impuestos sobre las mujeres, ya que las mujeres no deben seguir viviendo en una sociedad que muestra que si se viola o abusa a una de ellas no habrá consecuencias legales, pero esto solo será posible mediante juicios que tomen en cuenta la perspectiva de género.

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