Candidatos ya no podrán asistir a debates durante el periodo de Intercampañas: INE | BREAKING

Candidatos ya no podrán asistir a debates durante el periodo de Intercampañas: INE

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“Los candidatos sí podrán asistir a eventos privados y a reuniones donde puedan exponer temas generales de interés publico siempre y cuando no llamen al voto” son parte de los lineamientos que el Instituto Nacional Electoral ha establecido para el periodo de intercampañas, que deben acatar cada uno de los aspirantes.

Así lo aprobó el Consejo General del INE con 9 votos a favor y 2 en contra. Por lo que ahora los candidatos ya no podrán asistir en debates, tampoco aparecer en spots, ni en mesas de análisis donde esté más de un aspirante.

Todo esto se dio luego de que los partidos políticos Morena y del Trabajo (PT) pidieron al Instituto Nacional Electoral definir los criterios que serán aplicables a todos los sujetos obligados, por lo que serán notificados a todas las entidades políticas federales y locales, así como a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE).

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Los Consejeros Electorales Pamela San Martín y José Roberto Ruiz, quienes votaron en contra, argumentaron que dicha postura se justifica en que la respuesta fue generada a partir de sentencias emitidas a partir de la Sala Superior del TEPJF y no con base a normas y precedentes del INE, puesto que, de acuerdo con la Sala Superior del Tribunal, no se deben emitir criterios que llenen un vacío que la ley dejó.

A través de un comunicado de prensa, el INE dio a conocer que dicha respuesta se dio en una sesión extraordinaria, en la que el Consejero Presidente del instituto, Lorenzo Córdova Vianello, hizo énfasis en tres limitantes aplicables a los candidatos electos por sus partidos políticos o coaliciones, durante la intercampaña:

  1. “Los candidatos no pueden aparecer en spots de los partidos políticos. Esto es definitivo y está en la ley.”
  2. “No pueden realizarse actos públicos como mítines, marcha o asambleas que tienen la intención de presentar ante el público a un candidato.”
  3. “Los aspirantes a un cargo de elección popular no pueden hacer un llamado expreso al voto por sí mismos o su partido, o bien, en contra de algún otro candidato o partido”.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, Consejero Electoral Benito Nacif, señaló que, durante las intercampañas, los candidatos tendrán la oportunidad de generar una interacción para contrastar sus plataformas, sus ofertas y sus visiones de la problemática nacional, así como sus propuestas en específico.

Mientras que el Consejero Ciro Murayama indicó que si bien los debates están contemplados en la legislación como una actividad propia de la campaña y la intercampaña es aquello que no es campaña “entonces, ni los actos públicos pidiendo el voto, ni los spots con gente que aparecerá en la boleta ni los debates son propiamente de la intercampaña”.

En tanto que la Consejera Electoral Dania Paola Ravel aseguró que en las mesas redondas que tienen lugar en los medios se discuten “tópicos” de interés de la ciudadanía para poder definir su voto, por lo que se tiene que seguir la misma lógica de los debates, concluyendo que deben realizarse con la presencia de un candidato.

Dicho argumento fue secundado por el Consejero Electoral Marco Antonio Baños, quien puntualizó que los candidatos pueden estar acompañados por analistas de representantes de organizaciones sociales, así como de académicos o de comunicados, todo esto siempre y cuando no hagan un llamado al sufragio.

“No son reglas en rigor las que estaríamos emitiendo ahora, pero sí estarían definiendo el punto de vista, la posición específica del Instituto Nacional Electoral en un tema tan relevante” recalcó.

Sin embargo, los Consejeros Electorales Claudia Zavala y Enrique Andrade advirtieron que lo que no está permitido para los aspirantes es hacer la presentación de plataformas electorales de su candidatura. Ni tampoco emitir llamados ni participar en eventos públicos en el extranjero con el fin de llamar al voto.

Finalmente, el Instituto Nacional Electoral concluyó que los candidatos que no respeten los criterios anteriormente señalados, se harán acreedores de una sanción, la cual puede llevar a la pérdida del derecho del registro de su candidatura.