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TEPJF modifica el artículo que prohibía la entrega de monederos electrónicos

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación modificó el artículo que prohibía el uso de monederos electrónicos como las famosas tarjetas Soriana. Lo que deja el camino abierto para su uso en la contienda del 2018. Por unanimidad de votos modificaron el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral. Se reformaron y se agregaron nuevas disposiciones al Reglamento de Fiscalización ya que el TEPJF determinó que el INE no está facultado para vetar su reparto. Esto debido a una queja realizada por el PRI y el PVEM.

El magistrado José Luis Vargas opinó que «el Consejo General del INE se extralimitó en el ejercicio de sus atribuciones reglamentarias» ya que estas facultades solo las tiene el Poder Legislativo.  Los monederos electrónicos se prohibieron después de que el PRI repartiera miles de tarjetas rosas tanto en el Estado de México como en Coahuila. El INE consideró que esta era una manera de lograr la captación de votos al ofrecerle al votante un beneficio inmediato y agregó al Reglamento de Fiscalización y el artículo 143 Quáter en el cual se prohíbe «la entrega de tarjetas u otro tipo de propaganda que en la percepción de la ciudadanía se dirija a un beneficio directo en un futuro inmediato, por no cumplir con la finalidad de la propaganda electoral».

La modificación del artículo 143 Quáter, numerales 1 y 2 del Reglamento de Fiscalización deberá reflejar la prohibición del artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. También se deberá considerar que los gastos de propaganda serán computados como erogaciones de campaña. Esta medida modifica la prohibición de usar tarjetas y monederos electrónicos, las cuales han tenido un impacto real en distintas elecciones que han modificado hasta el 6% de los votos de los ciudadanos, según han mostrado diversos estudios.

Esa misma noche de la sesión del miércoles 27, los seis magistrados en la Sala Superior, también ordenaron a la Junta Local Ejecutiva del INE que se continúe con el procedimiento iniciado contra Andrés Manuel López Obrador, ya que el PRI lo acusa de cometer actos anticipados de campaña. Los magistrados consideraron que el INE desechó la queja indebidamente.

Con información de Reforma.